NFT Y EL DEPORTE
En los últimos meses, una sigla ha estado llamando la atención del mundo del deporte, NFT. Tales siglas significan “Non Fungible Token”, por sus siglas en inglés, o bien, en español, "Token No Fungible". Para quienes no estén tan familiarizados, primero haremos una pequeña distinción entre un bien fungible y un bien no fungible. Según dispone nuestro Código Civil, en el artículo 337: “Los bienes muebles son fungibles o no fungibles. A la primera especie pertenecen aquellos de que no puede hacerse el uso adecuado a su naturaleza sin que se consuman; a la segunda especie corresponden los demás.” De tal manera, resulta claro que los bienes de carácter fungible son aquellos considerados en el tráfico jurídico en función de su número, medida o peso, y pueden ser sustituidos por otros. Sin embargo, los bienes no fungibles son los no sustituibles. Siendo que, por ejemplo, un bien fungible podría ser un billete de 100 euros. Por su parte, un ejemplo de bienes no fungibles sería una obra de arte, productos hechos a medida exclusivamente para un consumidor.
28-10-2021